DEROGATORIA DEL IMPUESTO A LA CONTAMINACIÓN VEHICULAR
Agosto, 2019
El 16 de agosto de 2019 se publicó La Ley derogatoria al Impuesto a la Contaminación Vehicular (impuesto verde) en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 19 ; conforme a lo previsto en dicho cuerpo legal, se deroga el CAPITULO I denominado "IMPUESTO AMBIENTAL A LA CONTAMINACIÓN VEHICULAR" contenido en el Título inumerado "IMPUESTOS AMBIENTALES" , así como la disposición transitoria segunda de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Se expide la remisión del 100% de intereses, recargos y multas con plazo hasta el 27 de diciembre de 2019, así como el plan excepcional de pagos con cuotas anuales por 3 años consecutivos una vez vencido el plazo antes mencionado.
Se establece la condición de extinción del beneficio de remisión ante la mora que exceda los 90 días a cualquiera de las cuotas del plan excepcional de pagos , ante lo cual los valores previamente pagados se imputarán a la deuda conforme el artículo 47 del Código Tributario.
Se dispone la rebaja del 50% del valor a pagar por impuesto a la contaminación vehicular por el año 2019 para vehículos con un motor mayor a los 2,500 cc y con más de 5 años de antiguedad; así también, la prescripción de oficio de las obligaciones vencidas (Art. 55 Código Tributario) ,y la suspensión de los procesos coactivos relacionados a este impuesto.
El Servicio de Rentas Internas, mediante Resolución NAC-DGERCGC19-00000040 del 19 de agosto de 2019, emitió las normas para la aplicación de la remisión de intereses multas y recargos contenida en la Ley Derogatoria al Impuesto a la Contaminación Vehicular.